A partir del primero de mayo el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) asumió completamente la responsabilidad en todo el país para realizar el procedimiento de Legitimación de Contratos Colectivos de Trabajo.

De acuerdo al Protocolo para el Procedimiento de la Legitimación de Contratos Colectivos de Trabajo Existentes, publicado en el Diario Oficial de la Federación el viernes 30 de abril, en la interpretación “deberá garantizarse la aplicación de los principios de eficiencia, austeridad, legalidad, seguridad, transparencia, máxima publicidad, confiabilidad, certeza y, en caso de duda, prevalecerá la interpretación más favorable al trabajador”.

También, precisa que en todas las etapas de este procedimiento se privilegia el derecho de las y los trabajadores a votar en un ambiente seguro, de manera personal, libre, secreta y directa sobre cualquier otro formalismo, sin afectar los fines de los procedimientos de democracia sindical”.

Cuando se trata de organizaciones con un amplio número de trabajadores que deban ser consultados en dos o más jornadas de votación, y que se ubican en dos o más estados, deberán notificarlo a través del correo electrónico CGRCC@centrolaboral.gob.mx a fin de que el Centro les brinde atención y respuesta específica.

La Legitimación de un Contrato Colectivo de Trabajo garantiza el conocimiento de su contenido por parte de los trabajadores y la opción para ellos, de avalar o rechazar los contratos a través del voto personal, libre, directo y secreto. Este procedimiento de consulta democrática se encuentra abierto dese el 1 de mayo de 2019 y tiene una vigencia de 4 años, que concluyen el 2 de mayo de 2023.

Los trabajadores que participen en una consulta pueden inconformarse por hechos que consideren hayan vulnerado los principios de seguridad, transparencia, confiabilidad y certeza en la votación o que afecten su derecho al emitir su voto de manera personal, libre, directa, secreta, pacífica, ágil y segura, y corresponderá al Centro revisar las inconformidades.

El personal verificador del CFCRL podrá solicitar en cualquier momento del procedimiento de legitimación, a las autoridades o instancias competentes, la información necesaria para corroborar que la documentación proporcionada por el Sindicato sea veraz.

Si el contrato es votado a favor, el Centro emitirá la resolución correspondiente y lo tendrá por legitimado. En caso de que la votación resulte en un empate, el Centro dejará a salvo los derechos del Sindicato solicitante para que convoque a una nueva consulta, y si la mayoría de la base trabajadora se manifieste en contra del contrato, el Centro lo tendrá por no legitimado, pero los agremiados conservarán sus prestaciones y condiciones de trabajo contenidas en el contrato.

Anteriormente, el proceso de legitimación era realizado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, por lo que todos los contratos legitimados antes del 1 de mayo serán válidos y los sindicatos no deberán realizar nuevamente este proceso. Aquellos sindicatos que se hayan registrado antes de esta fecha concluirán su proceso con la STPS.

El CFCRL pone a disposición de las organizaciones sindicales el sitio https://legitimacion.centrolaboral.gob.mx

 

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