En México, aún no existe el Fiscal Anticorrupción, sin embargo, desde hace algunos años, derivado de los casos que han salido a la luz pública por los diferentes medios de comunicación en los que se han visto envueltos diversos personajes de la política mexicana y servidores públicos, hace un poco más de dos años se oficializó el nacimiento de la fiscalía, pero los legisladores no han nombrado a su titular, lo cual es necesario para que entre en funciones.
Para abordar este tema debemos de mencionar que la Fiscalía Anticorrupción, es una Fiscalía Especial, dependiente de la Fiscalía General, que investiga y conoce de los procesos de especial trascendencia, relativos a los delitos económicos u otros cometidos por funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos relacionados con el fenómeno de la corrupción.
Es importante comentar que derivado de la impunidad en todos los casos tan graves de corrupción que hemos tenido a lo largo de la historia en los diferentes gobiernos, la sociedad civil presionó tanto para que en el año 2014, se llevara a cabo una reforma constitucional para instaurar un sistema nacional anticorrupción.
Este sistema propone eliminar dicha corrupción con la legislación y las instituciones que enfrenten todo sin seguir teniendo el papel de juez y parte, es decir, el Fiscal Anticorrupción, debe ser totalmente independiente para investigar hasta a su propio jefe y no permitir que sigamos inmersos en la impunidad. Así mismo, se contará con un Comité Ciudadano que vigilará el actuar de la clase política y de la Justicia.
Para mayor entendimiento, de acuerdo a la Secretaría de la Función Pública, la corrupción consiste en: “…el abuso del poder para beneficio propio. Puede clasificarse en corrupción a gran escala, menor y política, según la cantidad de fondos perdidos y el sector en el que se produzca”.
Derivado de esta clasificación, es importante saber que la corrupción a gran escala consiste en: “…actos cometidos en los niveles más altos del gobierno que involucran la distorsión de políticas o de funciones centrales del Estado, y que permiten a los líderes beneficiarse a expensas del bien común”.
Por lo que respecta a los actos de corrupción menores, señala que: “…consisten en el abuso cotidiano de poder por funcionarios públicos de bajo y mediano rango al interactuar con ciudadanos comunes, quienes a menudo intentan acceder a bienes y servicios básicos en ámbitos como hospitales, escuelas, departamentos de policía y otros organismos”.
Por último, en dicha clasificación también se menciona que la corrupción política: “… consiste en la Manipulación de políticas, instituciones y normas de procedimiento en la asignación de recursos y financiamiento por parte de los responsables de las decisiones políticas, quienes se abusan de su posición para conservar su poder, estatus y patrimonio”.
Dicho lo anterior, podemos mencionar que, entre las tareas que tiene la nueva Fiscalía se encuentran solicitar a otros países información específica sobre algún funcionario mexicano bajo investigación, requerir datos de cualquier servidor o exservidor público de orden federal, estatal o municipal, que pudiera estar involucrado en hechos de corrupción y hasta solicitar a las instituciones bancarias información de los movimientos de recursos sospechosos.
Las funciones de esta fiscalía especializada fueron establecidas en el Manual de Organización de la Procuraduría General de la
República, actualizado y publicado el 25 de enero del 2016 en el Diario Oficial de la Federación, derivado del ACUERDO No. A/011/14, sin embargo, como el manual señala, el inicio de operaciones de la Fiscalía Anticorrupción depende de su acuerdo de creación, que establece que es necesario que primero se nombre un fiscal de parte del Senado para que sus facultades entren en vigor.
No obstante que el Manual de Organización de la PGR no contempla el nombramiento de fiscales de ese tipo y subraya que los casos de corrupción le corresponden precisamente a la Fiscalía Especializada en materia de delitos relacionados con hechos de Corrupción.
Cabe señalar que la operación de esta fiscalía no estará sujeta a ninguna de las Subprocuradurías en que se contemplan en la estructura de la PGR, sino que operará de forma autónoma, como lo hace por ejemplo la FEPADE, bajo seguimiento directo de la oficina de la procuradora General de la República, lo cual, en su momento, será del Fiscal General.
Lo anterior, a efecto de combatir la impunidad y contar con un verdadero Estado Social, Democrático de Derecho, con ello podremos estar seguros de que se acabará con la corrupción, con la impunidad y, por consiguiente, el Gobierno dejará de tener todo el poder y así, el Fiscal Anticorrupción cumplirá su función de representar a todos los mexicanos sin excepción o privilegio alguno.