El día de ayer (05/04/2021), se publicó en diversos medios oficiales, el boletín número 041/2021 de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) titulado: “Se llega a acuerdo histórico sobre iniciativa en materia de subcontratación entre los sectores obrero, empresarial y el Gobierno de México” el cual enunciaba los acuerdos alcanzados por las cúpulas patronales, obreras y gubernamentales en materia de subcontratación, mismos que serían turnados a la Cámara de Diputados “…para que, en su caso, puedan ser considerados por los legisladores para su aprobación” y es que es precisamente este “en su caso”, donde comienza la incertidumbre.

Primeramente, debemos ser claros con el lector; ayer una pregunta que resonó en múltiples llamadas telefónicas que tuvo a bien responder el despacho a cargo de esta autoría fue la siguiente: “¿entonces ya está prohibida la subcontratación?”, la respuesta más sencilla sería “no, aún no, se turnó al poder legislativo, habrá que ver que determinan ellos”, pero, no podemos quedarnos en respuestas simplistas y debemos responder a esa pregunta con otra: ¿por qué la pregunta?, si la pregunta va encaminada hacia un “¿ya esta prohibida la subcontratación ilegal?”, pues esa siempre ha estado prohibida… “Es que yo leí en el boletín que solamente se podrá subcontratar servicios especializados distintos del objeto social y de la actividad económica preponderante de la empresa contratante”, reiteramos: eso ya estaba contenido en el artículo 15-A de la Ley Federal del Trabajo en sus incisos a), b) y c), al igual que el tema de la responsabilidad solidaria en caso de incumplimiento y ello está inserto en la LFT desde el 2012, entonces, ¿cuál gran acuerdo?, ¿cuál cambio trascendental?

Cierto es que, hay un par de puntos novedosos, el primero referente a la inscripción al padrón público de las empresas de subcontratación de servicios y obras especializados ante la STPS, el otorgamiento de un plazo de tres meses para que los trabajadores subcontratados pasen a formar parte de la nómina del patrón real y una serie de cálculos y fórmulas poco comprensibles para el cálculo del PTU (tema en el que no ahondaremos), fuera de ello, no podemos hablar de una prohibición, sino de un acotamiento, de unas “nuevas reglas del juego”.

No obstante todo lo anterior, debemos preguntarnos ¿será por fin que estos acotamientos vean la luz del día?, no perdamos de vista que justo el día de ayer también se dio banderazo oficial a las campañas electorales en miles de cargos públicos a lo largo del país y lo cierto es que el partido en el poder ha perdido popularidad, ¿cómo le caería a la imagen del partido una publicación de este tipo para el 1° de mayo?, simbolismo del “triunfo obrero”, sin duda. Pero, ¿esto alcanza?, resulta imposible no remembrar que fue la misma bancada del partido en el poder, la que ha frenado el avance de estas disposiciones en diversas ocasiones y por diversos motivos.

Según datos del portal COMPRANET, el gobierno federal, mediante el Banco del Bienestar, destinó en sus primeros dos años (2019 -2020), mil millones de pesos para la tercerización de personal en áreas técnicas y administrativas, ¿tercerización?, suena peligrosamente similar a subcontratación, que suena igualmente parecido a Outsourcing, ¿no?, ¿será que los acuerdos prohibitivos también se den dentro del gobierno?

El hecho es que estos acuerdos no verán la luz del día si no hay concilio dentro de la legislatura, misma que está por terminar…

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