Una de las tantas promesas, perdón quisimos decir “compromisos”, de campaña de AMLO era reducir los salarios de los servidores públicos del PJF, pero ¿es constitucionalmente posible?

La ponderación de preceptos constitucionales

Es sabido por todos los mexicanos que los políticos brillan por la congruencia de todos los “compromisos” que adquieren a lo largo de sus campañas políticas, todos sabemos y conocemos que a los políticos les asesoran personas de inteligencia superior a los pobres mortales mexicanos a los que pretenden gobernar; mencionado esto entonces deberíamos suponer que alguno de los asesores de AMLO le sugirió (antes de lanzar la propuesta de reducir los salarios al PJF) que leyera los artículos 94 en su párrafo décimo primero, 100 en su último párrafo y 116 fracción III del Pacto Supremo que deberían reformarse para adecuarse a lo preceptuado por la fracción II del artículo 127 que menciona que nadie podría tener una remuneración mayor a la del Presidente de la República.

Si se realiza un ejercicio de ponderación entre la independencia presupuestaria que la Carta Magna garantiza al Poder Judicial y el “candado” que limita el presupuesto de los servidores públicos a ser menor que el percibido por el Presidente de la República ¿Cuál tendría mayor peso?

Pues bien, los numerales 94, 100 y 116 establecen una garantía de protección a las percepciones de los servidores públicos del PJF, al señalar que la remuneración deberá ser adecuada e irrenunciable y no podrá ser disminuida durante su encargo. Protección Constitucional, que se cobija al amparo de la independencia presupuestaria de la que goza el Poder Judicial.

Luego entonces, la propuesta podría ser inconstitucional; claro que con el discurso incendiario contra “la mafia” del Poder Judicial de la Federación habrá muchos inconformes y no dudamos en que, a pesar de su inconstitucionalidad, se intentará; ¡Estamos en México! Dónde casi todo es posible, donde hay cientos de leyes inconstitucionales aprobadas por los inteligentísimos legisladores, donde es más fácil aprobar impuestos inconstitucionales que preservar garantías constitucionales, donde la Constitución es moldeada cada sexenio a capricho del poder en turno.

Más allá de la constitucionalidad

Pensemos en que, por azahares del destino y del pensamiento del legislador, logra presentarse la iniciativa para disminuir el salario de los servidores del Poder Judicial, ¿es una propuesta rentable económicamente? ¿Nos ahorraríamos más de lo que podría ahorrarse si se disminuyeran los sueldos los congresistas?

De acuerdo con el Presupuesto de Egresos de la Federación, para el ejercicio fiscal de 2018, el PJF obtuvo un presupuesto de 71,366,389,337 millones de pesos. Evidentemente, no todo ese dinero va destinado al pago de remuneraciones ya que estas representan menos del 1.5% del presupuesto total en términos absolutos, el cual es de más de 5.2 billones de pesos (5,279,667,000,000).

En ese sentido, poco se estaría ahorrando al disminuir el salario de alrededor de 48 mil servidores públicos integran al PJF en sus 892 órganos jurisdiccionales.

Tomando en consideración todos los datos vertidos, tanto sobre la inconstitucionalidad como la incongruencia económica, ¿Cuál era la finalidad de esta propuesta? ¿Qué busca realmente la reducción de salarios al PJF?

Aún falta ver si la política de austeridad que profesa AMLO la llevará a cabo una vez que se encuentre en la silla del águila, mientras tanto las propuestas inconstitucionales lo están contradiciendo.

Una respuesta

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *